Preguntas frecuentes

¿Qué es un perito?

Desde una perspectiva funcional, un perito puede definirse como:

Un profesional experto en la materia que se trata, con conocimientos y experiencia demostrable en la misma y con capacidad para proporcionar una opinión técnica fundada.

Generalmente actúa como auxiliar de la justicia, facilitando un razonamiento científico y/o técnico a cuestiones que los tribunales, por sí mismos, no pueden evaluar.

¿Qué es un informe pericial?

Un informe pericial es un documento formal creado por un experto para dar una respuesta técnica fundada sobre una cuestión que se plantea.

En determinados procedimientos judiciales existen dudas o problemas que deben resolverse para que el juez pueda emitir una sentencia y que él, con su conocimientos y experiencia, no puede dilucidar. El perito especializado es el encargado de estudiar la cuestión y exponer su valoración técnica.

Si presenta una demanda porque cuenta con un pagaré impagado y el emisor no reconoce su firma, será el perito calígrafo el que deberá emitir un dictamen para determinar si la firma es original o no.

Un informe pericial puede ser también necesario al margen del entorno jurídico. Por ejemplo, una empresa puede necesitar una tasación de determinadas máquinas para aportarlas como garantías en activos a la Agencia Tributaria o Seguridad Social.

En todos los casos es importante que el documento esté debidamente formalizado y sea inteligible para cualquiera que deba considerarlo.

¿Para qué necesito un informe pericial?

Si se encuentra inmerso en un procedimiento judicial, por cuestiones civiles, penales o mercantiles, deberá demostrar de forma fechaciente que sus argumentos de acusación o defensa son reales y adecuados. La finalidad del informe pericial es objetivar todo aquello que puede ser de utilidad demostrar.

Por ejemplo, si ha tenido un accidente de moto y el atestado policial difiere de su percepción de lo ocurrido, un perito puede analizar su caso y estudiar los datos que existen para determinar adecuadamente la secuencia de los hechos. Su peritaje le permitirá demostrar técnicamente cómo se produjo realmente el accidente.

¿Qué perito necesito?

Existen especialidades que son muy evidentes. Para valorar una casa necesitará un tasador y para determinar la autenticidad de una firma acudirá a un caligrafo. Pero ¿quién realiza las reconstrucciones de accidentes o las cuestiones de propiedad intelectual o industrial?

Su abogado podrá asesorarlo sobre qué tipo de perito deberá buscar. En cualquier caso, puede consultarnos su caso y podremos orientarle en función de sus necesidades.

¿Perito de parte o designado judicialmente?

El perito de parte es un experto que elige usted y el perito designado judicialmente lo elige, simplificándolo, el juzgado.

Ventajas de nombrar un perito de parte

Puede elegir al profesional que mejor se adapte (por formación y experiencia) a sus necesidades.
Si el juzgado le asigna un perito judicial, corre el riesgo de que su formación o su solvencia no sea la más adecuada al requerimiento. También es posible que el perito no cuente con los recursos técnicos necesarios para llevarlo a cabo con plenas garantías.
Puede conocer y negociar los honorarios antes de su contratación para evitarse solicitudes económicas elevadas.
Si el juzgado le asigna un perito judicial, este solicitará una provisión de fondos que, si no acepta, no le permitirá disponer del dictamen ni asignar otro perito. Podrá, en cualquier caso, impugnar lso honorarios solicitados pero deberá ser el órgano judicial quien decida si son adecuados.
El abogado podrá aportar sugerencias y recomendaciones al perito. También podrá supervisar el dictamen antes de su emisión definitva para perfilar determinadas cuestiones.
Si el juzgado le asigna un perito judicial, es posible que este no acepte ningún tipo de intervención por parte del letrado.
Podrá controlar mejor los plazos de presentación del dictamen y conocer el estado en que se encuentra su desarrollo.
Si el juzgado le asigna un perito judicial, difícilmente sabrá cuándo se entregará el dictamen.
En nuestro caso, todos nuestros expertos actúan como peritos judiciales y, por tanto, aúnan la ventaja de ambas circunstancias.

¿Qué peritajes realiza el Gabinete?

Nuestra compañía cuenta con un gran número de expertos en diferentes materias y una amplia red de colaboradores en casi cualquier ámbito de actuación:

  • Calígrafos y grafólogos.
  • Peritos en propiedad intelectual e industrial.
  • Tasadores.
  • Criminalistas.
  • Peritos informáticos.
  • Ingenieros industriales.
  • Arquitectos.
  • Expertos en reconstrucción de accidentes.
  • Lingüístas.
  • Peritos textiles.
  • Economistas.
  • Etc.

Tenemos amplía experiencia en la realización de informes sobre cuestiones complejas o difíciles de demostrar.

Consúltenos su caso y le informaremos convenientemente si podemos ayudarle.

¿Realizan cualquier peritaje?

No. Somos una empresa seria y no engañamos a nadie. Nuestro Gabinete es un negocio pero no somos mercenarios.

Si tenemos técnicos con formación y experiencia para atender a su solicitud, podremos realizar el dictamen con plenas garantías.

Si no contamos con un profesional que pueda asumir la debida responsabilidad, se lo diremos claramente y, si es posible, le aconsejaremos alternativas externas que puedan ayudarle en lo que realmente necesita.

Lo mejor es que nos consulte su caso para que podamos evaluarlo y decidir si podemos realizarlo.

¿Realizan informes en contra de los de la Policía?

Cuando existen informes periciales realizados por cuerpos de seguridad (Guardia Civil, Policía Nacional, Mossos d'Esquadra, Ertzaintza, Policía Local, etc.), nuestros peritos actúan igual que en el resto de casos. Analizamos toda la documentación y especialmente el informe policial, valorando tanto la metodología como las premisas aceptadas o las conclusiones a las que se llegan.

Si técnicamente se puede argumentar y, lo más importante, defender adecuadamente un contrainforme en acto de juicio; nuestro gabinete realizará un dictamen contradictorio debidamente justificado que permita la presentación en el juzgado con plenas garantías.

En estos casos, es frecuente que el día del juicio sea necesario un careo con los policías que han firmado el informe y todos nuestros técnicos cuentan con formación y experiencia suficiente para poder realizarlo con solvencia técnica y plena fiabilidad.

¿Qué es la provisión de fondos?

Cuando analizamos un caso, estudiamos toda la documentación y consideramos toda la información que nos facilita el cliente directamente o su abogado. Nos implicamos totalmente en cada caso, dedicando el tiempo que sea necesario, para facilitar una visión técnica de las posibilidades reales de realizar el informe pericial.

La provisión de fondos son los honorarios que abona el cliente por este análisis inicial y que van a cuenta de los honorarios totales del informe pericial.

¿Cómo se calculan los honorarios?

Los honorarios por la realización del informe pericial se calculan de forma objetiva considerando diferentes factores:

  • Documentación a analizar.
  • Procesos necesarios.
  • Complejidad.
  • Perfil del experto/s a asignar.
  • Necesidad de procesos complementarios (como ensayos en laboratorio).
  • Urgencia del dictamen.

Todo ello se resume en que confeccionamos una propuesta económica cerrada de acuerdo al trabajo que debe realizarse y, consecuentemente, al tiempo que vamos a dedicar. Esta propuesta se la facilitaremos antes de encargarnos el peritaje y no existen desviaciones posteriores. Nuestro Gabinete no cobra porcentajes ni aplica fórmulas extrañas. Si el importe de la demanda es considerablemente alto pero nuestra labor es sencilla, nuestros honorarios se ajustarán a nuestro esfuerzo. Queremos cobrar nuestro trabajo honestamente, sin aprovecharnos de sus necesidades.

¿Qué documentación debo entregarles?

Cuando contrata nuestros servicios, nos convertimos, junto con su abogado, en parte activa de su proceso. Es importante que nos facilite toda la documentación relacionada con el objeto del peritaje. Por ejemplo, en el caso de la defensa por la demanda de un producto que presente incidencias, queremos evaluar el presupuesto inicial, los e-mails intercambiados con el cliente, la ficha de especificaciones del producto, las pruebas de calidad realizadas, las muestras, etc.

De hecho, a los abogados les aconsejamos que nos remitan la demanda y la contestación a la demanda para estudiar todos los argumentos de ambas partes.

Básicamente, necesitamos estudiar cualquier documento u opinión que puedan influir, directa o indirectamente, en el dictamen. Como expertos determinaremos qué es importante y qué es superfluo. De esa forma evitaremos sorpresas el día de ratificar el informe en el juicio oral. En este sentido, la confianza con nosotros es su mejor garantía.

¿Cómo se garantiza la confidencialidad?

Nuestro Gabinete remite en todos los casos un Convenio de Confidencilidad al cliente al inicio del proceso. En este documento nuestra entidad se compromete a utilizar la información a la que tenga acceso únicamente para la realización del informe pericial.

En dicho documento también incluimos el cumplimiento de la protección de los datos personales según la legislación vigente.

Nuestra compañía custodia toda la documentación con la misma rigurosidad, desde imágenes explícitas de delitos o accidentes hasta el documento comercial menos trascendente.

Toda la información que recibimos de usted se almacena en nuestros servidores centrales y solamente es accesible para el perito encargado de analizarla y para el Equipo Directivo del Gabinete que debe revisar la adecuación de cada dictamen.

¿Podré revisar el informe?

Tanto si es abogado como solicitante directo, una vez finalizado el dictamen le podremos remitir una copia del mismo en el formato electrónico que nos solicite (PDF, ePUB) para que pueda revisarlo antes de su emisión definitiva. Si lo prefiere, le remitiremos un enlace al documento que podrá descargarse directamente en su ordenador, teléfono móvil o tablet (compatibilidad con APPLE iOS y ANDROID).

No tendremos ningún inconveniente en puntualizar, matizar o ampliar aquellas cuestiones que considere oportunas, siempre que no supongan una aportación técnica que no podamos mantener.

¿Cómo y cuándo recibiré el informe?

Una vez validado el dictamen, le remitiremos el documento original y dos copias en color por mensajero a la dirección que nos indique.

De forma habitual lo recibirá en las próximas 24 horas. En cualquier caso, cuando el informe sea urgente, utilizaremos el servicio que le permita disponer del documento cuando lo necesite.

Cómo se realiza un peritaje

La realización de un peritaje o informe técnico requiere el desarrollo de una metodología de trabajo correctamente definida, que potencie un estudio objetivo y coherente de cada caso de forma individualizada.

Si quiere conocer qué pasos hay que seguir desde su solicitud a nuestro Gabinete, en la imagen siguiente encontrará los procesos principales que intervienen y cómo se relacionan entre sí.

Pulse en la imagen para descargarla a tamaño A4 y poder imprimirla.

Esquema realización de peritaje

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UNE-EN 16775

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Nuestra compañía ha implementado la norma española UNE-EN 16775 sobre los requisitos generales para los servicios periciales.

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